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¿Conoces las leyes que regulan el teletrabajo en Colombia?

Familia sonriendo frente a la cámara del celular
Publicado: 26 de junio de 2024

El teletrabajo es una realidad consolidada en Colombia, reconocida oficialmente desde el 2008 con la Ley 1221. Esta modalidad no solo representa una forma innovadora de trabajar, sino también una oportunidad para democratizar el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y promover la inclusión digital, en línea con la misión del Programa CiberPaz.

Un poco de historia

El concepto de teletrabajo fue introducido en los años 70 por el científico estadounidense Jack Nilles. Sin embargo, en Colombia, fue formalmente reconocido casi 40 años después con la Ley 1221 de 2008. Esta ley define el teletrabajo como una forma de organización laboral que implica el uso de las TIC para realizar actividades remuneradas o prestar servicios a terceros.

Características del Teletrabajo según la Ley 1221 de 2008

  1. Uso de TIC: el empleo debe generarse mediante el uso de las TIC.

  2. Voluntariedad: es voluntario. El trabajador puede optar por regresar a las instalaciones de la empresa en cualquier momento, salvo que haya sido contratado inicialmente bajo esta modalidad.

  3. Relación subordinada: debe existir una relación subordinada entre empleador y empleado.

  4. Información periódica: los empleadores deben reportar periódicamente a los Inspectores de Trabajo sobre los teletrabajadores.

  5. No hay auxilio de transporte: no se concede auxilio de transporte si no hay necesidad de desplazamiento.

Actualizaciones con la Ley 2121 de 2021

La rápida evolución tecnológica llevó a la implementación de la Ley 2121 de 2021, que amplía y adapta la regulación del teletrabajo a las nuevas realidades digitales. Esta ley introduce las siguientes características adicionales:

  1. Voluntariedad y flexibilidad: es una forma voluntaria de trabajo que puede desarrollarse a través de TIC u otros medios. La flexibilidad es un principio clave.

  2. No hay interacción física: empleador y trabajador no interactúan físicamente durante la vinculación contractual.

  3. Subordinación y derechos: se mantiene la subordinación y las garantías de derechos laborales, sindicales y de no discriminación.

  4. Lugar de trabajo: no requiere un lugar físico específico, pudiendo el trabajador elegir desde dónde trabajar, con el acuerdo del empleador y la aprobación de la ARL.

  5. Herramientas y costos: el empleador debe proporcionar las herramientas tecnológicas necesarias y cubrir los costos asociados, incluyendo energía e internet.

  6. Derecho a horas extras: los teletrabajadores tienen derecho al reconocimiento y pago de horas extras.

Desconexión laboral

La Ley 2191 de 2022 establece el derecho a la desconexión laboral, aplicable a todas las modalidades de trabajo, incluido el teletrabajo. Esta ley garantiza que los trabajadores no sean contactados fuera de su jornada laboral, durante vacaciones o descansos, promoviendo un equilibrio saludable entre vida laboral y personal.

Apoyo y asesoría de MinTIC

Desde el Ministerio TIC y el Programa CiberPaz, entendemos que las regulaciones pueden ser complejas. Por ello, ofrecemos asesorías y talleres gratuitos a personas y empresas interesadas en implementar el teletrabajo. Estas capacitaciones pueden ser solicitadas a través del siguiente enlace: Solicitar Asesoría de MinTIC.

Para conocer más sobre el teletrabajo, sus derechos y deberes, no dude en contactarnos y aprovechar las herramientas y recursos que ofrecemos. El teletrabajo no solo es una modalidad laboral moderna, sino también una vía para construir una sociedad más inclusiva y equitativa, alineada con los valores de CiberPaz.